Plan de actuación sobre el desperdicio alimentario para una economía circular en Alcorcón 2024 - 2025

El Servicio Municipal de Consumo Es un recurso local donde se desarrollan las distintas competencias en materia de consumo orientadas a la defensa y protección de los consumidores y tiene como principal función la protección del consumidor a través de la información, asesoramiento, mediación y vigilancia del mercado.
La inspección de consumo desarrolla una actividad de vigilancia y control para garantizar que quienes producen, distribuyen o comercialicen bienes o servicios se adecúen a la legislación vigente para proteger los derechos de la ciudadanía.
Las personas que realizan labores de inspección tienen carácter de autoridad en el ejercicio de sus funciones.
El personal de los servicios de inspección de consumo estará facultado para:
Acceder sin previo aviso a los locales y dependencias en los que se realicen actividades que afecten a las personas consumidoras.
Exigir la exhibición de los documentos que sean obligatorios según las normas cuyo cumplimiento vigilen.
Requerir la remisión, a la oficina administrativa, de la documentación necesaria.
Requerir la presencia de las personas inspeccionadas o sus representantes en las dependencias administrativas, a fin de comprobar las diligencias de inspección.
Proceder a las pruebas, investigaciones o exámenes necesarios para comprobar el cumplimiento de las normas.
Solicitar, si es necesario, el apoyo de cualquier otra autoridad y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Encuentra en el siguiente enlace toda la información sobre como realizar tu reclamación o denuncia.
Descarga aquí directamente el modelo para tu reclamación o denuncia
Requisitos: que la denuncia sea sobre un un servicio o producto adquirido en Alcorcón y/o de un establecimiento situado en Alcorcón.
Trámites
Por correo electrónico: omic@ayto-alcorcon.es
cumplimentar el modelo y enviarlo al correo indicado.
Requisitos: No se exige ningún requisito previo, siempre que la denuncia se refiera a un problema de consumo y quien lo solicite sea una persona consumidora.
Presencial: en Plaza Reyes de España, 1 en horario de 10h a 13h
Trámites: solicitar cita previa en el Tf 010,si llama desde Alcorcón, / Tf 911 12 70 10, si llama desde otro municipio, solo para consumidores empadronados en o a través de la Página Web del Ayuntamiento “Solicitar Cita Previa”
Requisitos: No se exige ningún requisito previo, siempre que la denuncia se refiera a un problema de consumo y quien lo solicite sea una persona consumidora.
Por correo postal: dirigir un escrito a la OMIC a la dirección Plaza Reyes de España, 1, Alcorcón 28921
¡De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de las normas, y con carácter previo a la aprobación de la Ordenanza Reguladora de la Venta Ambulante en el Municipio de Alcorcón, se procede a sustanciar una consulta pública a través del portal: www.ayto-alcorcon.es en el que se pretende recabar la opinión de los ciudadanos y las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la nueva norma acerca de:
Los ciudadanos/as, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este cuestionario hasta el 15 de julio de 2025, por los siguientes medios:
Antecedentes de la norma
La propuesta de esta regulación se realiza para actualizar la anterior Ordenanza de Venta Ambulante del año 2000.
Problemas que se pretenden solucionar
Con la aprobación de esta ordenanza se pretende regular las distintas modalidades de venta ambulante en la Ciudad de Alcorcón, facilitando esta actividad comercial, favoreciendo al mismo tiempo una competencia leal entre agentes económico y beneficiando a vendedores, consumidores y a la sociedad en general.
Necesidad y oportunidad de su aprobación
Los mercadillos municipales forman parte de la ciudad de Alcorcón y tienen gran impacto social y económico. Los cambios económicos, culturales, de estilos de vida y de hábitos de consumo que se producen obligan a esta Administración a nuevas formas de gestión y organización de la venta ambulante.
Esta nueva regulación es necesaria para adecuar la actual legislación del año 2000 a la actual normativa vigente y sus principios y directrices definidos en la normativa europea, estatal y autonómica en materia de comercio ambulante en el ámbito local.
Esta ordenanza se elabora desde la base jurídica que otorga el principio de autonomía de los Municipios tanto en la Constitución Española de 1978 como en Carta Europea de Autonomía Local de 1985, entendiendo en esta como el derecho y la capacidad efectiva de las Entidades Locales de ordenar y gestionar una parte importante de los asuntos públicos en el marco de la Ley, bajo su propia responsabilidad y en beneficio de sus habitantes.
Así mismo, se dicta en virtud en el ejercicio de la competencia municipal asignada como propia para la venta ambulante encontrando su justificación en la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, y la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas y en la normativa que a continuación se relaciona: Ley 1/1997, de 8 de enero, Reguladora de la venta ambulante de la Comunidad de Madrid y en el Decreto 17/1998, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley reguladora de la venta ambulante de la Comunidad de Madrid, Ley 5/2010, de 12 de julio, de Medidas Fiscales para el Fomento de la Actividad Económica, Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, en la normativa sanitaria, de salud pública, de protección de los consumidores, la inherente a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas y de aquellas normas que modifiquen, complementen o sustituyan a las anteriores.
Cabe significar que se pretende sustituir una norma obsoleta adecuando su contenido a la normativa vigente, impulsar la actividad económica evitando la competencia desleal sin olvidar la protección de la salud, la seguridad de los ciudadanos y la protección jurídica de los vendedores, facilitando la convivencia entre todos.
Objetivos de la norma
La aprobación de la Ordenanza Reguladora de la Venta Ambulante en el Municipio de Alcorcón tiene, como finalidad esencial, adecuar la actual legislación vigente a los principios y directrices definidos en la legislación europea, estatal y autonómica en materia de comercio ambulante en el ámbito local, así como desarrollar aspectos concretos y relacionados con aspectos de la convivencia de interés local
A tenor de lo anterior, se reconoce la transmisibilidad de las autorizaciones y se regula el régimen de transmisión hasta la finalización del plazo de duración de la autorización
Así mismo, se han definido las competencias en cuanto al control e inspección de la actividad y se han tipificado las infracciones y sanciones por incumplimiento de las obligaciones y de los compromisos.
Posibles soluciones, alternativas regulatorias y no regulatorias
Las ordenanzas y reglamentos locales son las manifestaciones de la potestad legislativa de las Entidades Locales. Es por tanto la única herramienta regulatoria de la que dispone el Ayuntamiento para el desarrollo normativo en materia de venta ambulante.
Impulsada por la Unidad de Consumo de la Concejalía de Salud Pública, Consumo y Bienestar Animal, y en el marco del PLAN DE ACTUACIÓN SOBRE EL DESPERDICIO ALIMENTARIO PARA UNA ECONOMÍA CIRCULAR esta campaña tiene como objetivo reducir el desperdicio de alimentos en Alcorcón mediante prácticas sencillas, viables y efectivas.
Objetivos de la Campaña
Reconocimiento a Establecimientos
“Alcorcón, para comérselo” premia a los establecimientos que implementen buenas prácticas contra el desperdicio de alimentos. Aquellos que cumplan los requisitos recibirán un distintivo para exhibir en su local y se mencionarán en la web de la Unidad de Consumo del Ayuntamiento.
¿Cómo Obtener el Distintivo?
Para ser reconocido, los establecimientos de venta minorista deben:
1. Aplicar al menos dos medidas de prevención del desperdicio, siendo obligatoria una de las siguientes:
2. Separar correctamente todas las fracciones de residuos, incluyendo residuos orgánicos.
3. Formar e informar al personal sobre las medidas de prevención adoptadas.
Fuentes de información
Esta campaña se basa en la “Guía práctica para reducir el desperdicio alimentario en el comercio minorista” del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y en la “Guía para establecimientos de alimentación” de la Dirección de Medio Ambiente del Ayuntamiento de San Sebastián (enero de 2020), a quienes agradecemos su colaboración.
¡Únete a esta iniciativa y contribuye a un Alcorcón más sostenible!
Información
- Guía práctica para reducir el desperdicio alimentario en el comercio minorista
- Guía práctica para reducir el desperdicio alimentario en hostelería
Plan de actuación sobre el desperdicio alimentario para una economía circular en Alcorcón 2024 - 2025
En el siguiente enlace, puedes encontrar todos los detalles sobre el I Plan de actuación sobre el Desperdicio Alimentario para una economía circular.
NOTAS DE PRENSA:
2. La Concejalía de Salud Pública, Consumo y Bienestar Animal, ha otorgado hoy los primeros sellos de calidad “Alcorcón, ¡Para comérselo!”, que reconocen a los establecimientos de la ciudad que lideran la lucha contra el desperdicio alimentario.