Consumo

Fotografía de salud
  • Consumo. Omic (Oficina Municipal de Información Consumidor)

    La Concejalía de Salud y Mercados para conseguir el mayor grado de protección de los consumidores y dar cumplimiento al art. 51 de la Constitución, cuenta con la Oficina de Información al Consumidor y con la Inspección de Consumo para desarrollar las competencias que tiene en esta materia.

    La atención al público, es vital para los servicios de consumo, dado que es una fuente de información muy importante para obtener datos sobre los problemas que afectan a los ciudadanos en materia de consumo.

    La atención al público supera ampliamente el ámbito de la solución de las reclamaciones, abarcando además otros aspectos de gran importancia, tales como la información y divulgación de los derechos relacionados con la protección de los consumidores.

    El conjunto de actividades de atención al público, tiene pues, las siguientes líneas de actuación:

    Información y Divulgación tanto general como específica sobre temas de consumo.

    Recogida, Tratamiento y Solución de las reclamaciones a los consumidores. Propiciar sistemas de resolución de conflictos.

    Proporcionar al sector empresarial las hojas de reclamaciones del Sistema Unificado de Reclamaciones

    Formación de adultos y educación de jóvenes.

    Potenciar y desarrollar, en colaboración con las organizaciones empresariales, la formación en materia de consumo de los distintos sectores empresariales. Coordinación de actividades, en materia de consumo, con la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid.

    Alcorcón tiene un importante sector terciario y comercial esto unido al incremento de las reclamaciones desde la implantación del Sistema unificado de Reclamaciones requiere que la Oficina Municipal de Información al Consumidor cuente con los recursos adecuados para absorber la demanda generada y dar un servicio de calidad.

    Esto se ha traducido en un incremento de personal y en la ampliación del horario de atención al público de la mañana y apertura de la oficina por la tarde. Por tanto, en la actualidad el horario de atención al público de la oficina es:

  • HORARIO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO DE LA OMIC

    Atención personal mañanas 8.30h a 13h y tardes de 17h a 20h

    Atención telefónica de 8.30h a 13h. Teléfono: 91 664 8269

    Dirección: Plaza de España, 1 Posterior.

    omic@ayto-alcorcon.es

    Para descargarse una hoja de reclamación, pulse aquí

  • Como realizar las reclamaciones

    Después de la compra de un producto, o tras la finalización de un servicio contratado, siente insatisfacción o incluso tiene la sensación de haber sido engañado. ¿ qué ha de hacer frente a esta situación? Conviene asegurarse que el problema es de consumo.

    Que usted ha actuado como consumidor final, es decir cuando la relación la ha establecido con una empresa, establecimiento o profesional y el servicio contratado o el bien adquirido por usted lo es para su uso personal o familiar. Debe asegurarse que su reclamación corresponde a hechos ciertos y comprobados.

    Como primera medida, conviene hablar con el vendedor o prestador del servicio. En muchas ocasiones, puede conducir a una solución rápida y satisfactoria del problema.

    Si después de intentar esta solución, el problema subsiste, pida las HOJA DE RECLAMACIONES. El establecimiento está obligado a tener este tipo de documento y facilitárselo gratuitamente.

    Lea atentamente las instrucciones que figuran en el reverso de la Hoja. Cumplimente todos los datos personales que figuran en la Hoja de Reclamación, nombre, apellidos, DNI, dirección completa, localidad, provincia y un teléfono de contacto ya que puede facilitar con posterioridad, los trámites.

    Es conveniente, cumplimentar la reclamación en el establecimiento comercial , de esta manera el empresario tiene la posibilidad de realizar alegaciones a la misma.

    Haga un resumen de los hechos ocurridos e indique que es lo que solicita. Reúna la documentación (facturas, presupuestos, justificante de la compra, publicidad, comunicaciones realizadas con la empresa...) que avale sus pretensiones.

    Una vez cumplimentada la reclamación, la copia de color rosa quedará en poder del establecimiento comercial, la copia verde será para el consumidor y el original de color blanco deberá ser remitido, en el plazo de 30 días, a la Oficina de Información al Consumidor (OMIC) cuya dirección figura en el encabezamiento de la Hoja de Reclamación.

    El Organismo encargado de tramitar su reclamación, a la vista de la documentación aportada, decidirá el trámite a seguir:

    Si se detecta infracción administrativa actuará de oficio.

    Si puede intentarse una solución voluntaria, esta se llevará a cabo a través de la mediación o del arbitraje de consumo.

    Si no se detectan indicios de infracción administrativa, se procederá al archivo. En cualquiera de los casos la administración le dará una respuesta de los trámites realizados.

    Si por la vía de la mediación no se llega a ningún acuerdo satisfactorio para las partes, se podrá optar por el arbitraje de consumo o una demanda judicial.

    Si la empresa le niega las Hojas de Reclamaciones, solicite la intervención de la policía para que levante acta de los hechos.

    Si no ha sido posible obtener la Hoja de Reclamación, presente su reclamación por cualquier otro medio ante la Oficina de Información al Consumidor (OMIC) del Ayuntamiento, identificando claramente la persona o empresa contra la que quiera reclamar, así como hacer un relato claro y sucinto de los hechos que motivaron la reclamación, adjuntando roda la documentación de la que disponga y que pueda servir para apoyar su pretensión. El procedimiento que sigue el órgano administrativo es el mismo que para las Hojas de Reclamaciones.